martes, 1 de mayo de 2012

INSUMISIÓN BANCARIA

¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! ¡Tócate los huevos! 


NADIE TE PUEDE OBLIGAR A TENER ABIERTA CUENTA EN NINGÚN BANCO. Las empresas no pueden imponerlo para pagar las nóminas, ya que el Estatuto de los Trabajadores prevé otras formas de pago (talón cobrable en la ventanilla de un banco de la localidad donde trabajas, p. ej.). 

El estado no tiene ninguna ley que nos obligue a tener cuentas abiertas, por ejemplo para recibir la devolución de IRPF o cobrar el paro, es decir, no pueden imponer esa forma de pago obligatoriamente.

Sin embargo, para poder cobrar tu nómina, (si eres de los afortunados que trabajan), obligación de una cuenta bancaria. Para poder dar de alta un servicio de luz, agua, teléfono, gas, obligatorio tener una cuenta en un banco.

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